NORMATIVA NAVARRA – NOVEDADES MAS RELEVANTES EN EL IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) para 2016, por la entrada en vigor de la Ley Foral 23/2015
Las Reducciones en la Base Imponible por mínimos personales y familiares se anulan porque pasan a ser deducciones en cuota íntegra. Para transformar dichas reducciones en deducciones se han multiplicado por 0,25 el importe de las primeras en vigor para el año anterior (2015). Esto se traduce en que aquellos contribuyentes con un tipo de gravamen medio de la parte general de su Base Liquidable superior al 25%, se verán perjudicados con la nueva normativa fiscal, ya que la deducción en cuota producirá un ahorro fiscal menor que la reducción en Base Imponible. Cuanto mayor sea el tipo medio de gravamen del contribuyente más se verá perjudicado.
Además de lo expuesto, al no haber Reducciones en la Base Imponible esto hará que nuestra Base Liquidable este año sea mayor, con el consiguiente riesgo de que saltemos una posición en la tabla de tipos de gravamen.
– Se modifican los tipos de gravamen, y en la parte general de la Base imponible se incrementa la progresividad del impuesto aumentando de manera creciente los más elevados. El aumento de los tipos empieza a partir de los 32.000 € de Base Liquidable.
– Se incrementan para este año también los tipos de gravamen en la Base Liquidable del ahorro y son:
BASE TIPO
0 – 6.000€ 19%
6.000€ – 10.000€ 21%
10.000€ – 15.000€ 23%
Más de 15.000€ 25%
– A partir de 1 de enero de 2016 solamente las viviendas protegidas VPO, VPT y VPP, sobre las que subsista una limitación en el precio de venta, darán derecho a aplicar la deducción por vivienda habitual siempre que no se superen los límites máximos de rentas
Se mantienen las deducciones por vivienda para aquellos que adquirieron la vivienda antes del 01/01/2013 (sin límites de rentas) y en cuanto a las adquiridas a partir de 01/01/2013, y para las deducciones a practicar a partir del 1 de enero de 2016, se modifica el límite de rentas a partir del cual no se puede aplicar la deducción: 24.000€ con carácter general, 27.000€ para sujetos pasivos con uno o dos hijos, y 30.000€ en el caso de familias numerosas.
– A partir del 1 de enero de 2016 desaparece la deducción por aportaciones a cuenta vivienda.
Se establece un Régimen transitorio para las aportaciones efectuadas antes del 1 de enero de este año. No se pierde el derecho a las deducciones por las aportaciones dichas aportaciones realizadas si se cumplen los requisitos exigidos para las cuentas vivienda antes de dicha fecha (plazo de aplicación de saldos, destino vivienda habitual, etc…)
– Desaparece la deducción por rehabilitación de vivienda habitual
Se mantiene la aplicación del Régimen transitorio regulado en la normativa del IRPF a los sujetos pasivos que venían deduciéndose por rehabilitación de vivienda habitual.
– Se mantiene la deducción por las obras e instalaciones de adecuación en la vivienda habitual para las personas discapacitadas, aunque no se trate de vivienda protegida.
– Modificación de la deducción por trabajo. El mínimo pasa de 700€ a 400€, y el máximo pasa de 1.290€ a 1.400€, incrementándose dicha deducción para rendimientos netos inferiores a 12.600€ y disminuyendo de 700€ a 400€ a partir de rendimientos netos superiores a 35.000€, alcanzándose el mínimo de 400€ para rendimientos de 50.000€ o más.
– Con efectos también de 1 de enero de 2016, también se considerarán afectadas por un grado de discapacidad igual o superior al 65% las personas que tengan reconocida una situación de dependencia en cualquiera de sus grados.